Entre
los religiosos en la actualidad, un capítulo es la asamblea de aquellos que han
sido legítimamente convocados para tratar sobre los intereses y los negocios
comunes. Las normas emanadas por un capítulo permanecen en vigor, si no han
recibido una confirmación o mandato de la Santa Sede, sólo hasta el capítulo
sucesivo el cual puede confirmarlas, modificarlas o derogarlas.
Fue
el Concilio de Letrán IV,[i] quien dispuso que las órdenes religiosas
celebraran uno al menos cada tres años. El Concilio de Trento confirmó
esta práctica. Desde entonces, todas las órdenes y congregaciones religiosas
tienen su capítulo en periodos fijos.
El
capítulo general posee la suprema autoridad sobre la orden, pero no puede
modificar las constituciones de la misma sin autorización de la Santa Sede.
ORACIÓN POR LOS SACERDOTES
"Señor Jesús, Pastor Supremo del rebaño, te rogamos que por el inmenso amor y misericordia de Tu Sagrado corazón, atiendas todas las necesidades de tus sacerdotes.
Te pedimos que retomes en Tu Corazón todos aquellos sacerdotes que se han alejado de tu camino, que enciendas de nuevo el deseo de santidad en los corazones de aquellos sacerdotes que han caído en la tibieza, y que continúes otorgando a tus sacerdotes Fervientes, el deseo de una mayor santidad.
Unidos a tu corazón y el Corazón de María, te pedimos que envíes esta petición a Tu Padre celestial en la unidad del Espíritu Santo. Amén.
La Biblia es el faro de todo conocimiento
P Julio María Matovelle.
www.oblatos.com
e Mail: davooblatos@hotmail.com
[i] Cf. Concilio de Letrán IV, c. 12 De communis
capitulis monachorum (ed. Conciliorum oecumenicorum decreta, EDB,
Bologna 1991, p. 240-241.